Saltar al contenido
FERNÁNDEZ BALIÑAABOGADO

Fernández Baliña

Abogado de violencia de género

Violencia de género. Asesoramiento y defensa legal con rigor, confidencialidad y respeto a tus derechos.

← Todos los servicios

Los casos de violencia de género atraviesan dos planos: el penal, que determina la responsabilidad y las medidas de protección, y el civil, que reorganiza la vida de la familia mientras tanto: custodia, visitas, vivienda y pensiones. Como abogado con más de 25 años de ejercicio, puedo asumir la acusación particular de la víctima o la defensa de la persona investigada, nunca en el mismo procedimiento ni cuando exista conflicto de intereses. En ambos casos trabajo con un enfoque técnico y garantista, coordinando la parte penal con las medidas civiles derivadas.

Si eres víctima: acusación particular

Como acusación particular, la víctima no tiene que depender exclusivamente de la actuación del Ministerio Fiscal: con letrado propio, puede pedir activamente las medidas de protección necesarias y sostener la acusación durante todo el procedimiento, con acceso al expediente y capacidad de proponer prueba.

Los primeros pasos son decisivos: buscar ayuda, denunciar y conservar pruebas —mensajes, partes médicos o datos de testigos— sin ponerte en riesgo, así como valorar la solicitud de una orden de protección. Si estás en peligro inmediato, llama al 112. Si necesitas información y orientación, el 016 es gratuito y ofrece atención las 24 horas; el asesoramiento jurídico tiene su propio horario. No aparece en la factura telefónica, aunque, según el dispositivo, puede quedar en el registro de llamadas: compruébalo si existe riesgo.

Si te han denunciado: defensa

Una denuncia no es una condena. La presunción de inocencia es un derecho fundamental, y mi trabajo como defensa es examinar las pruebas con rigor, garantizar que el procedimiento respeta tus derechos y analizar la procedencia y proporcionalidad de las medidas cautelares: prohibición de aproximación o comunicación, retirada o intervención de armas, suspensión de visitas o medidas sobre los hijos. Las medidas cautelares no equivalen a una condena y deben cumplir sus requisitos legales.

Estos procedimientos pueden avanzar con rapidez. Contar con asesoramiento desde el inicio y preparar la declaración con tu abogado permite ejercer adecuadamente tus derechos y definir la estrategia de defensa.

La vertiente civil: lo que decide el juzgado mientras tanto

Aunque el origen sea penal, las medidas que más afectan a la vida diaria suelen ser civiles. Cuando concurren los requisitos legales, el órgano judicial competente en violencia sobre la mujer puede adoptar medidas civiles provisionales en la orden de protección y conocer de determinados procesos civiles vinculados. Esas medidas pueden afectar a la vivienda familiar, la guarda y custodia de los hijos, el régimen de comunicaciones y las pensiones, y después deberán confirmarse, modificarse o sustituirse en el procedimiento civil correspondiente, dentro de los plazos legales. Lo que se decide aquí puede influir en el posterior divorcio.

En esta entrada explico con detalle cómo afecta la violencia de género al régimen de visitas y a la patria potestad, y en la página de derecho de familia tienes el contexto de esos procedimientos. La coordinación entre ambas vertientes —que el mismo letrado conozca el expediente penal y el de familia— ayuda a evitar contradicciones y decisiones descoordinadas.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la orden de protección?

Es una resolución judicial urgente que puede incluir medidas penales —prohibición de aproximación o comunicación, entre otras— y medidas civiles —vivienda, guarda, visitas o pensiones—. Puede solicitarla la víctima, personas legalmente legitimadas o el Ministerio Fiscal, y también puede acordarse de oficio. Las medidas civiles se adoptan cuando proceden y deben solicitarse por la víctima o su representante legal, o por el Fiscal cuando existan hijos menores o personas con la capacidad judicialmente modificada, en los términos legales. Su adopción exige valorar los requisitos de protección aplicables al caso.

¿Puede suspenderse el régimen de visitas del denunciado?

Sí. La ley prevé supuestos en los que no procede establecer visitas o deben suspenderse las ya acordadas. Las excepciones requieren una decisión judicial motivada conforme a los requisitos legales y al interés superior del menor. No depende únicamente de que se haya presentado una denuncia: deben examinarse la situación procesal, los indicios y las circunstancias de cada caso.

¿Cabe mediación en casos de violencia de género?

No en los asuntos comprendidos en el artículo 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial: su apartado 9 prohíbe acudir a medios adecuados de solución de controversias, incluida la mediación. La protección y las decisiones que corresponden al órgano judicial no pueden sustituirse por esa vía.

¿Qué ocurre si la denuncia es infundada?

El procedimiento puede terminar en archivo, sobreseimiento o absolución si no hay prueba suficiente. Eso no demuestra por sí solo que la denuncia sea falsa. El delito de acusación o denuncia falsa exige acreditar sus requisitos específicos, entre ellos el conocimiento de la falsedad o el temerario desprecio hacia la verdad, y cumplir las condiciones legales para proceder.

Asesoramiento y defensa en cada paso

Si estás en una de estas dos situaciones, cuenta con asesoramiento jurídico para entender tus opciones y proteger tus derechos. Llámame al 630 792 124, escríbeme a info@fernandezbalina.com o usa el formulario de contacto.

También puedes contactar por WhatsApp para solicitar información.

Fernández Baliña

Contacto

630 792 124
info@fernandezbalina.com
*Campos obligatorios
Casillas de verificación